Peso-Press.- Noticias comentadas

Reflexiones pluridisciplinares sobre la actualidad reseñada en los medios de comunicación

jueves, 1 de agosto de 2013

Sobre la reforma tributaria (II): Supresión de la AEAT como Organismo Autónomo





“Decíamos anteayer…”  que, antes de zambullirnos en detalles de una posible reforma del sistema tributario, convendría  rectificar  hábitos o  situaciones  que parecen manifiestamente  inconvenientes  en la gestión de los impuestos.
 
En este ánimo, hoy vamos a hablar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) montada como  “Organismo Autónomo”  con patrimonio y funcionarios propios  cuyos sueldos y ascensos dependen de cuán ‘rigurosos’ sean  con los ciudadanos; y de la notoria  disfunción  que esto crea.

Sucede, en efecto, que esta AEAT se financia, según el vigente art. 21 de la LPGE (Presupuestos Generales del Estado), con el 5% de la recaudación bruta derivada de los actos de liquidación y gestión recaudatoria o de otros actos administrativos”.  Esto fue un invento de José Borrell, ingeniero aeronáutico y del que, por eso, se decía que  “estaba en la nubes”;  pero invento realmente  nefasto,  porque viene a ser  algo  así  como  “la prevaricación y el cohecho institucionalizados”.

Borrell lo introdujo como ‘incentivo’  para que los de la Agencia se  avispasen  en recaudar  más;  pero el efecto puede ser, simplemente, que sus funcionarios hagan siempre las  interpretaciones legales que mejor les convenga  para exigir al ciudadano un  plus del que la Agencia se lleva el 5%...  que ¡ya repercutirá en sueldos y ascensos!...

Pero, cuando en estos días se están aireando posibles ‘comisiones’ de, por ej., el 3% sobre el importe de obras que se adjudican (práctica que  se decía  ‘inauguró’  el alcalde socialista y masón Tierno Galván junto con algún túnel de Madrid, y que luego se achaca recurrentemente a muchos), ¿no es este 5% un claro  remedo  de eso? Y si tales aquellas ‘comisiones’ se tienen por  prevaricación  y  cohecho,  ¿no este 5%? ¿Tal vez porque… está en ley consensuada por todos?  El consenso y su traducción en ley no pasaría de ser, a juicio de cualquiera ecuánime, una mera  ‘institucionalización’ --como apuntábamos-- de un grave desvarío.

Por otra parte, semejante establecimiento arrastra a una disfunción claramente  ‘antisocial’  cuando se comprueba que todas las ínfulas inquisitoriales de la AEAT se dirigen ‘mayoritariamente’ (adverbio estadísticamente innegable) hacia los más vulgares ciudadanos (que son  ‘mayoría’): que, de hecho, son  ‘presa  más  fácil’  que los grandes potentados que, asistidos siempre por una recua interminable de leguleyos o picapleitos de alto copete, ‘complican’ demasiado y hasta acaban saliendo indemnes. Pero no es justo que la frustración de la Agencia por esto se desquite arremetiendo contra los más indefensos: pensionistas, artesanos, tenderos, variopinta clase media…  que además, ‘casualmente’, sostienen la entera comunidad nacional.

El dislate se agiganta si atendemos a que la función tributaria se  justifica  por la  ‘redistribución’ de renta que haga: de modo que, con lo que se recaude, el Estado pueda sufragar servicios e instalaciones necesarias para esos mismos ciudadanos ‘normales’ que con tanta fruición la Agencia  ‘persigue’. Una ‘redistribución’ en la que ocupa destacado lugar el encauzamiento de las actividades económicas hacia aquéllas más beneficiosas y mejor desempeñadas para la comunidad, y  ‘disuasión’  de las perniciosas o impertinentes. Es decir: para dirigir, por vía de impuestos, la vida económica necesaria para el país.

Y los acosos cobran dimensiones dramáticas cuando se ejercen sobre ancianos, a quienes se coloca fácilmente en puertas del infarto por la indefensión e impotencia en que se ven, y frente a los que se actúa casi con evidente alevosía y abuso de autoridad por cuanto que el anciano, si recurre el acto, probablemente morirá antes que los tribunales lo resuelvan, dado que será a éstos a los que habrá de acudir  porque el mero jefe del funcionario casi siempre va a dar la razón a su subordinado   con que llevarse bien para que no le incordie…

Es, por tanto, una  doble  aberración el que, por la ‘zanahoria’ de ese 5% de participación en lo que liquide, la Agencia se dedique  exclusivamente  a  ‘recaudar’ con olvido de la función por la que debe hacerlo: la defensa del débil, su asistencia social y, por tanto, la orientación a estimular la mejor y mayor  productividad general como base indispensable para cubrir lo anterior.

Pero es que, además, éste es uno de los ejes de la reforma fiscal que se anuncia: estimular la Economía para reducir el paro. La cual reforma, por tanto, abortará de raíz si se mantiene el nefasto 5% sobre lo que los de Hacienda  ‘digan’  --ni siquiera ‘prueben’-- que haya que tributar o se haya tributado ya (por ej., gracias a las ‘respuestas’ que la Agencia haya dado a quienes le hayan ‘preguntado’, quizás ingenuamente, cuánto tenían que pagar para que les  dejase  en paz).

Y como, hoy por hoy, las decisiones de la AEAT son fulminantemente ‘ejecutivas’,  se oye mucho lo de “si no está conforme, ¡recurra!” (ella  ya se lleva el 5%   de lo que haya cuantificado).

Pues no. El contribuyente tiene ‘derecho’ a que se le administre ‘con justicia y equidad’: con  ‘epiqueya’ (“interpretación moderada y prudente de la ley, según las circunstancias de tiempo, lugar y persona”);  sin obligarle a estar recurriendo a todo pasto… probablemente inútilmente. (Y ahora, con las tasas de Gallardón que arruinan a quien acuda a los Tribunales, pues… todavía peor).

Además, el sistema y gestión tributaria de una Nación son la columna vertebral de ella. Tienen excepcional importancia. Y por eso deben quedar en manos exclusivamente profesionales, ajenas a cualquier condicionante. Es decir, de funcionarios de carrera en completa libertad paran aplicar criterios solamente técnicos. Y eso --creemos--  sólo puede asegurarse si la Agencia Tributaria deja de ser un  Organismo Autónomo’  y se incorpora plenamente a la Administración General del Estado. Nada de tener patrimonio propio costeado por todos, ni funcionarios propios con sueldos especiales pagados por todos, ni financiarse ‘a comisión’ de un 5% que hace sospechar que ya no persiguen los intereses generales del Estado sino los suyos propios.

¿Quiénes protestarían por este paso de la Agencia a la Administración General del Estado? ¿No serían solamente los propios empleados de la Agencia? Hágase la prueba, y se comprobará.

Y de ser así, ¿no estarían con ello confesando que actúan por motivos más allá de los técnicos y de los intereses generales de la Nación?

Incluso tal vez con esta  incorporación de la Agencia a la Administración General del Estado  dejaríamos también de oír eso de  “si firma usted  su renuncia a recurrir la liquidación, saldrá ganando”…  ¿Por qué, o cómo?

Quizá porque la Agencia, funcionando como  ‘Organismo Autónomo’  que gestiona sus propios dineros (que provienen, por cierto, de todos los españoles), no quiere que recurran sus decisiones, y ofrece un ‘descuento’ a quienes se comprometan a no hacerlo. Pero el TC (Tribunal Constitucional) por Sentencia del 26-04-1990  condena esta práctica si ello encubre un  ‘castigo’   a quien impugne. (Entenderíamos, por ej., legítimo establecer un descuento  ‘por pronto pago’ ; pero jamás  ‘por no impugnar’.  El derecho a la propia defensa y recurso a tribunal superior nunca puede cohibirse).

En resumen: para que la Agencia Tributaria recupere y mantenga prestigio y autoridad recaudatoria, juzgamos absolutamente imprescindible que pierda su apariencia de  prevaricación y cohecho  institucionalizados por trabajar ‘a comisión’ de lo que recauda, y se incorpore a la Administración General del Estado dejando de ser ‘Organismo Autónomo’.

Prof. Dr. Fernando Enebral Casares

NR.- La documentación que se aneja en cada notación de este blog puede recuperarse pinchando sobre ella. Si se usa I.Explorer habrá que "guardar imagen como..." en disco para luego, desde él, recuperarla para ampliar su tamaño hasta leerla. Si Mozilla, basta con pinchar sobre la imagen y seleccionar "ver imagen", desde donde se amplía hasta lectura. Esta documentación aneja es parte inseparablemente integrante de la 'noticia comentada'.

0 comentarios:

Publicar un comentario

Suscribirse a Enviar comentarios [Atom]

<< Inicio